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Actualidad

Nueva ayuda para parados

En la última semana, multitud de personas han acudido a las oficinas del INEM para preguntar por el nuevo Programa de Activación para el Empleo, esto es, la nueva ayuda para personas en desempleo. Hoy resumimos en qué consiste esta nueva prestación social, quién puede solicitarla y qué requisitos hay que cumplir para tenerla.

Son 426 euros al mes a los que se debe unir una búsqueda activa de empleo, así como la aceptación de realizar los cursos de formación a través de un itinerario personalizado para fomentar su inserción en el mercado laboral.

Para recibir la ayuda, hay que cumplir una serie de requisitos, entre los que está ser desempleado de larga duración, estando inscrito en el paro de forma ininterrumpida al menos doce de los dieciocho meses previos a la fecha de solicitud.

Los solicitantes tienen que haber agotado todas las prestaciones, subsidios o Renta Activa de Inserción al menos seis meses antes y no estar recibiendo ningún tipo de ayuda de los servicios públicos.

Las cargas familiares también se tienen en cuenta, es decir, tener a cargo un cónyuge, algún hijo menor de 26 años o personas con discapacidad. De haber ingresos, éstos deben ser inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, lo que equivale a 486,45 euros.

Entre las novedades de la ayuda está la compatibilidad de recibirla durante cinco meses con un trabajo por cuenta ajena, contando la ayuda como parte del salario y reduciendo así el coste del empresario por dicho trabajador.

El solicitante debe haber trabajado en algún momento de su vida laboral y que su última relación laboral no se haya extinguido por causa voluntaria.

El nuevo Programa, acordado entre Gobierno y sindicatos, incluye en sus bases el control de la búsqueda activa de trabajo, la necesidad de participar en las políticas activas de empleo y “no rechazar ofertas de empleo adecuadas”, según la propia información de la página web del INEM.

La nueva ayuda para parados puede recibirse durante seis meses como máximo, y hay que estar inscrito en el servicio público de desempleo a fecha 1 de diciembre de 2014.

Las solicitudes pueden tramitarse hasta el 15 de abril de 2016 pidiendo cita previa en el Servicio Español Público de Empleo (teléfono o página web del SEPE) y el incumplimiento del denominado “compromiso de actividad” supondrá la baja en el programa.